Número |
DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO |
COSTO DEL REQUISITO |
| Bs. |
$US |
UFV |
1 |
Petitorio: solicitud dirigida al Director Nacional de Propiedad Intelectual, firmado por el solicitante o apoderado. El formulario de solicitud consta de 5 páginas que deben imprimirse en papel tamaño carta, en anverso y reverso, tomando en cuenta lo siguiente.
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1.1 |
Las página 1 debe imprimirse en 3 ejemplares.
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1.2 |
Las páginas 2 y 3 deben imprimirse en un ejemplar.
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1.3 |
Llenar los tres ejemplares de la página 1 y dejar en blanco las páginas 2 y 3.
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1.4 |
En caso de solicitar un signo figurativo o mixto, pegar el diseño respectivo en el espacio reservado para ello de la página 1 (en los tres ejemplares) y acompañar cuatro ejemplares de 4x4 cm. del mismo en un sobre y formato electrónico.
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2.1 |
Bs. 100 por solicitud de registro, cuenta Bancaria SENAPI (Banco de la Unión)
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100 |
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2.2 |
Bs. 40 Si es un Signo Denominativo; Recibo de pago a la Gaceta Oficial de Bolivia (original y fotocopia), cuenta Bancaria Gaceta Oficial de Bolivia.
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40 |
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2.3 |
Bs. 60 Pago por solicitud de Signo Mixto, cuenta Bancaria Gaceta Oficial de Bolivia
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60 |
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3 |
Poder original para el representante o apoderado. Así como un documento que certifique la forma legal de la empresa. (si fuera necesario)
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3.1 |
*Empresa unipersonal presentar fotocopia del NIT. (optativo)
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3.2 |
*Empresas e instituciones presentar Certificado de FUNDEMPRESA (optativo)
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3.3 |
*De ser el caso, empresas constituidas en el extranjero pueden presentar Testimonio de Constitución legalizado (por autoridad competente)
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4 |
De ser el caso, presentar el registro expedido en otro país. Prioridad; se tiene un plazo de hasta 6 meses para presentar el mismo en nuestro país de acuerdo a la Decisión 486.
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5 |
Toda la documentación debe presentarse siguiendo el mismo orden en un archivador, con el nombre del signo solicitado, la clase, el nombre del solicitante y en su caso del apoderado o agente en la carátula.
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6 |
Una vez publicada la solicitud en la Gaceta Oficial de Bolivia, debe presentarse la solicitud de extensión del título de registro dirigido al Director Nacional de Propiedad Intelectual.
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7.1 |
Pago de análisis de registrabilidad por Bs. 150 en la cuenta bancaria del SENAPI
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150 |
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7.2 |
Título de registro por Bs. 50 en la cuenta bancaria del SENAPI
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50 |
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7.3 |
Recorte original de la publicación en la Gaceta Oficial de Bolivia pegada en una hoja de papel bond en la que conste el número de la Gaceta.
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*340/360 |
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TOTAL |
400 |
0 |
0 |